Aprobada la modificación de la Ley Foral del derecho a la vivienda asequible en Navarra
El pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado este jueves una proposición presentada por PSN, Geroa Bai y Contigo-Zurekin por la que se modifica la ley foral del derecho a la vivienda asequible en Navarra.
La ley ha sido aprobada con los votos a favor de PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, mientras que UPN, PPN y Vox han votado en contra.
Según los proponentes de esta iniciativa (PSN, Geroa Bai y Contigo-Zurekin), la ley busca corregir desajustes de "carácter técnico" que dificultan el aprovechamiento total de la ley, especialmente en lo relativo a la tramitación de los procedimientos de adjudicación de las viviendas protegidas.
En lo que se refiere a los requisitos específicos de acceso a viviendas protegidas en régimen de arrendamiento, las personas beneficiarias deberán acreditar unos ingresos familiares ponderados de entre 5.000 euros y 2,5 veces el Indicador de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA). En régimen de propiedad y de cesión de uso, los ingresos mínimos se fijan en 19.000 euros.
Respecto a las reservas de viviendas protegidas promovidas en suelos de titularidad municipal o por una sociedad pública sobre suelos que anteriormente hubieran sido de titularidad municipal y hayan sido transmitidos para esta finalidad, se dispone que el Ayuntamiento podrá determinar el número de inmuebles reservados a las personas empadronadas (al menos tres años de antigüedad) en el municipio.
En cuanto a la reserva del 2% para familias numerosas de categoría especial (5 hijos o más), se determina que las personas solicitantes no podrán participar en el proceso de selección para la adjudicación de viviendas incluidas dentro de la reserva señalada en el apartado c (familias numerosas) del artículo 26, por resultar "incompatibles". Esa misma previsión rige en el caso del alquiler protegido.
Atendiendo a los tramos de renta, las reservas de viviendas protegidas en régimen de propiedad, en derecho de superficie (se conserva la propiedad temporal de las construcciones o edificaciones realizadas en finca ajena), serán el 70% de las VPO y el 80% de las de precio tasado, para los solicitantes con ingresos familiares ponderados superiores a 2,5 veces el índice SARA.
En lo tocante al baremo que rige en la adjudicación de las viviendas protegidas en régimen de propiedad, plena o en derecho de superficie (7 puntos por cada solicitante y componente de la unidad familiar que suscriba la solicitud), se resuelve que los descendientes sobre los que se ostente la patria potestad, aunque sea compartida, formarán parte de la unidad familiar, con independencia de que sean menores (como ahora) o no.
EH Bildu ha incorporado tres enmiendas al texto.
La parlamentaria de Geroa Bai Itxaso Soto ha destacado que "es evidente la necesidad de afrontar el problema de la vivienda" y ha asegurado que esta ley "ha supuesto la mejora en el acceso a la vivienda de protección oficial". Soto ha señalado que la norma presentaba "imprecisiones puntuales de índole técnico que no alteran el contenido de la ley foral, pero no corregirlas dificulta su aplicación plena y efectiva".
Itxaso Soto