Aprobada la modificación del Estatuto de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra
Para favorecer la movilidad interadministrativa de las empleadas víctimas de violencia de género, haciendo efectivo su derecho a la seguridad personal, familiar y profesional
El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad Ley Foral de modificación del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (EPAPN).
La Ley Foral impulsada por PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin tiene por objeto “favorecer la movilidad interadministrativa de las empleadas públicas víctimas de violencia de género”, con el fin de “hacer efectivo su derecho a la protección personal y familiar, sin merma de sus aspiraciones profesionales”.
El deber de articular los instrumentos precisos para, con las debidas garantías jurídicas, salvaguardar el proyecto vital y laboral de las mujeres víctimas de violencia machista exige una adecuación del EPAPN, en los mismos términos en los que tal previsión fue adoptada (2018) en la Conferencia Sectorial de Administración Pública.
Así las cosas y en aras a la debida armonización normativa, se formula un nuevo precepto para facultar que las empleadas públicas víctimas de violencia sobre la mujer puedan solicitar su traslado a una Administración Pública fuera de Navarra (y viceversa), de conformidad con las reglas que rijan la incorporación preferente a una plaza en el nuevo destino.
La habilitación de este previsión extraordinaria de movilidad entre Administraciones Públicas no choca con otras modalidades de provisión y movilidad de puestos, a las que la empleada pública seguirá teniendo derecho de conformidad con la regulación de cada procedimiento ordinario.