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Los tres partidos de la oposición acuerdan la fórmula para retirar las dietas a altos cargos de Navarra Suma en Comiruña mecanismo que podría hacerse efectivo el 21 de noviembre

EH Bildu, PSN y Geroa Bai toman como ejemplo los estatutos de PCH y el Operador Energético que se redactaron la pasada legislatura para imposibilitar estos sobresueldos

La negativa del tripartito de derechas a cumplir el mandato de la mayoría del Pleno para retirar las dietas a cinco altos cargos del gobierno de Enrique Maya incluidos en el consejo de Comiruña (361,5 euros por sesión) ha permitido que los tres partidos de la oposición, EH Bildu, PSN-PSOE y Geroa Bai, acuerden la fórmula por la que, amparándose en su mayoría, obligarán a Navarra Suma a acatar el mandato de la mayoría del Pleno. Esta fórmula incluye dos pasos: en primer lugar forzar, a través de una petición al consejo de Comiruña, una Junta General Extraordinaria de la empresa pública en la que se presentará un texto para modificar los estatutos de la misma y eliminar la posibilidad de cobrar dietas; en segundo lugar, a través del pleno del Ayuntamiento, nombrar como representante municipal y suplentes en dicha Junta a Joseba Asiron, Maite Esporrín y Patxi Leuza para asegurarse de que la propuesta se presenta. Este segundo paso implica que no será el alcalde, Enrique Maya, el representante municipal, circunstancia que se explica precisamente porque el líder del Tripartito de derechas ya ha mostrado públicamente su desprecio por cumplir el mandato de la mayoría municipal en este punto.

La propuesta acordada por los tres partidos de la oposición, que se dirigirá formalmente ante el Consejo de Comiruña esta misma semana, toma como referencia los estatutos de PCH y el Operador Energético Municipal que ya en la legislatura pasada fueron modificados o redactados para hacer imposible el cobro de sobresueldos. En concreto y en este caso se propone una modificación del artículo 11 de los Estatutos de la Sociedad Comiruña para especificar que contenga el siguiente texto: “los/as Consejeros/as no serán retribuido/as. (…) A las reuniones del Consejo podrá asistir el director-gerente con voz pero sin voto. Asimismo, podrán asistir, previo acuerdo del Consejo, técnicos de la Sociedad o de sus accionistas sin retribución alguna”. Este texto sustituiría al aún vigente que marcaba que “los consejeros serán retribuidos por medio de dietas de asistencia y, además, percibirán una compensación por los gastos de desplazamiento que se originen, por su asistencia a las reuniones que se celebren, cuya cuantía determinará la Junta General de Accionistas”. La renuncia expresa a cobrar estos pagos en la legislatura pasada tanto por corporativos como por altos cargos justificaba que aún no se hubiera acometido el cambio del texto, tarea obligada ahora por la decisión del tripartito de derechas de recuperar esos sobresueldos para cinco de sus altos cargos.

La sesión de la Junta, el 21 de noviembre

El acuerdo entre las tres fuerzas progresistas del Consistorio incluye también la propuesta de fecha en la que deberá hacerse efectivo el cambio estatutario que, en todo caso, debe celebrarse antes de dos meses desde la solicitud. Así, se plantea que la Junta General Extraordinaria de Comiruña, que al ser una empresa municipal al 100%, se correspondería con la representación de los 27 corporativos de Pamplona, se celebre en la Sala de Comisiones del Ayuntamiento de Pamplona el día 21 de noviembre a las 11,00 horas en primera convocatoria y las 11,30 horas en segunda convocatoria. Previamente, en el traslado que el Consejo de Administración de al Pleno para esta convocatoria se habrá establecido la designación de Joseba Asiron Sáez como representante municipal en la Junta General. y como suplentes a Maite Esporrin Las Heras y Patxi Leuza García.

La base legal para este procedimiento se encentra en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra en su artículo 197.2 que establece que “en la escritura de constitución de la sociedad constará el capital aportado por la entidad local, la forma de constituir el consejo de administración y la determinación de quienes tengan derecho a emitir voto en representación del capital social. La corporación interesada asumirá, en todo caso, las funciones de Junta General.”. Además, para la convocatoria de la Junta General, los estatutos de Comiruña se remiten a la LSC que determina que esa convocatoria está en manos de los administradores y cuando la mayoría no lo quisiese, la podrá convocar un grupo de administradores que representen al 5% del capital, es decir, “que si el Ayuntamiento es poseedor del 100% de las acciones la representación ideal correspondiente a los grupos de la oposición sería suficiente para utilizar esta previsión legal”. Los mismos estatutos prevén que esa Junta se debería convocar en el plazo de dos meses desde que se realice el requerimiento.

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