Zizur presenta una Ordenanza de Convivencia pionera en Navarra que prima la prevención frente a la sanción
Piluka García y Ales Mimentza, concejales de Servicios Sociales y Hacienda de Geroa Bai en el Ayuntamiento de Zizur Mayor, han presentado a la ciudadanía una propuesta de Ordenanza de Convivencia, pionera en Navarra, que prima las medidas alternativas con valor social de prevención y resolución de conflictos.
La propuesta de ordenanza, realizada tras un largo proceso de debate y acuerdo con el equipo de gobierno (EH Bildu e Izquierda-Ezkerra) y con diversas áreas municipales (Jefatura de Policía Municipal, Secretaría, Servicio de Igualdad…) busca ahora el acuerdo con el resto de grupos de la corporación así como con la ciudadanía de Zizur Mayor.
En este sentido, ya se encuentra abierto el proceso de participación en la ordenanza, que se encuentra colgada en la web del Ayuntamiento ( www.zizurmayor.es), y los y las zizurtarras pueden enviar sus aportaciones al correo electrónicoparticipacion.partaidetza@zizurnagusia.eus hasta el próximo 11 de noviembre. Dichas aportaciones se recogerán para su debate en la Comisión de Presidencia que tendrá lugar el próximo 17 de noviembre.
La Ordenanza de Convivencia propuesta por el Ayuntamiento de Zizur Mayor surge tras la derogación de una norma anterior, fundamentalmente sancionadora y que reflejaba regulaciones que no contaban con el apoyo de la ciudadanía. Esta nueva propuesta, más allá de regular comportamientos cívicos, parte del reconocimiento del derecho al libre comportamiento, circulación, ocio, encuentro y recreo; a la pluralidad de expresiones culturales, políticas, lingüísticas y religiosas; a la preservación de las relaciones de convivencia de interés local y al uso de los servicios, equipamientos, infraestructura y espacios públicos.
Para preservar y fomentar la convivencia, la Ordenanza prevé políticas activas (campañas, programas específicos, acuerdos con diferentes entidades sociales e institucionales y colaboración con el resto de municipios de la Comarca); y prima el principio de prevención sobre el principio de sanción.
Así, la aplicación de las medidas (apercibimiento, mediación, reparación de daños o sanciones económicas) se hará de forma progresiva, adaptada y ponderada siguiendo un criterio de graduación en función de trascendencia y nivel de afectación a las personas, existencia de intencionalidad o negligencia, naturaleza y consecuencia de los perjuicios causados, reincidencia, y circunstancias sociales, económicas y de edad de la persona infractora.
En esta línea, está prevista también la sustitución de sanciones económicas y la reparación de daños por trabajos alternativos (asistencia a sesiones formativas, la participación en actividades cívicas u otros tipos de trabajos para la comunidad, siempre que haya consentimiento previo de las personas interesadas).